Sección: SEGURIDAD


¡No puedo seguir pagando mi hipoteca! ¿Qué va a pasar con mi casa?

* La oferta residencial del país se divide en 84% de viviendas propias y 16% corresponde a las viviendas en renta. Con 6 meses de adeudo bastan para embargar una propiedad.

Redacción RD:

CDMX 23 julio 2019- Según datos de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) de los 34 millones de casas que forman parte de la oferta residencial en el país, 84% corresponden a vivienda propia y 16% corresponde a las viviendas en renta, es decir, los mexicanos prefieren invertir su dinero en la compra de propiedades.

Los expertos en Lamudi.com.mx han detectado que a pesar de la incertidumbre que rodea la adquisición de viviendas, las búsquedas a nivel digital indican que la mayoría de los mexicanos se están inclinando hacia el uso de créditos hipotecarios, tanto en instituciones gubernamentales como en entidades bancarias.

Sin embargo, a veces por situaciones imprevistas muchas familias dejan de tener los recursos necesarios para continuar con sus pagos, entonces surge la pregunta ¿qué pasa si dejo de pagar mi hipoteca?

Se recomienda que antes de llegar a ese punto se tomen algunas previsiones como acudir al banco o a la institución que otorgó el crédito hipotecario y tratar de renegociar las condiciones del crédito, por ejemplo, se puede tratar de modificar la duración del crédito a cambio de una reducción en el monto del pago.

En caso de no llegar a un acuerdo, la situación de la falta de pago podría pasar por estas etapas:

1)  Un mes después de que se dejó de pagar, el banco se pondrá en contacto con el deudor para verificar el motivo de la falta de pago; si se liquida el adeudo se hará con los intereses de demora correspondientes. La mayoría de las instituciones tratarán de negociar y es el momento ideal para reestructurar la deuda.

2)  Si ya han transcurrido de tres a cuatro meses de retraso en el pago, éste ya se considera mora legal y la institución bancaria puede hacer el requerimiento de pago de manera formal. Si la situación económica del deudor está por mejorar y se van a reanudar los pagos del crédito, es probable que el banco otorgue la opción de dar un pago inicial (de entre el 30% y el 70% del total del adeudo) de esta manera el financiamiento no será cancelado.

3)  Si la ausencia de pago excede los seis meses, el banco tomará acciones legales para poder ejecutar la garantía del préstamo, es decir, embargará la propiedad para recuperar el dinero del crédito. Una vez embargado el inmueble el banco lo pondrá a subasta.

Otra solución en caso de que no se pueda efectuar el pago del crédito consiste en traspasar la deuda a alguien que esté interesado en adquirir la propiedad. Cabe resaltar que ni el Infonavit ni las instituciones bancarias aceptan como tal el traspaso de la deuda, por lo que, sí se ha encontrado a un comprador, deberá liquidar la deuda con el banco o el Infonavit ante Notario Público.

De acuerdo con el sitio de búsquedas inmobiliarias, otra opción es aceptar la cesión de pago, es decir, regresar la propiedad y con eso se da por saldado el crédito hipotecario, esto significa que además de perder la propiedad perderías el enganche y los pagos mensuales realizados.

En caso de que el crédito se haya tramitado con el Infonavit, la institución cuenta con un Fondo de Protección de Pagos. Dicho beneficio solo aplica en caso de pérdida involuntaria del empleo, o sea un despido, y se puede hacer uso hasta seis meses cada 5 años; es conveniente que acudas a la institución para que te expliquen a detalle cómo puedes hacer uso de este beneficio. *Precios y cifras redondeados y obtenidos de Lamudi.com.mx. **Para encontrar más contenidos ingresa a nuestro Journal

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Publicado: 23/07/2019